Decisiones del dia 25/09/2008
N° Expediente :
2794
N° Sentencia :
1358
Fecha: 25/09/2008
Procedimiento: Terceria
Partes: DEMANDANTE(S): ACEVEDO ROJAS, CIRO ANTONIO (APODERADO JUDICIAL DE LOS ABOGADOS LUIS EMIRO ZERPA MOLINA Y SANCHEZ CONTRERAS, EULOGIO).- DEMANDADO (S): FLORES MARQUEZ, BAUDILIO; ARELLANO RUIZ, EFIGENIO Y OTRO
Resumen:
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, veinticinco (25) de septiembre de dos mil ocho (2008).-
198º y 149º
Por cuanto la presente causa se encuentra evidentemente paralizada, en virtud de la separación temporal de mi cargo como Juez Titular de este Juzgado, por un lapso de tres meses, contados desde el 16 de junio hasta el 16 de septiembre de 2008 (ambas fechas inclusive), a los fines de salvaguardar el derecho a la defensa de las partes, de conformidad con los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena su reanudación, a cuyo efecto se fija el primer día de despacho siguiente al vencimiento de diez (10) días calendario consecutivos, contados a partir de la constancia en autos de la última notificación que se haga a las partes o a sus apoderados, la cual se ordena. Se advierte que reanudada la presente causa, continuará su curso en el estado en que se encontraba.....
Juez/Ponente:
Homero Sanchez
Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
N° Expediente :
LP01-P-2008-003520
N° Sentencia :
Fecha: 25/09/2008
Procedimiento: Querella Admitida
Partes: QUERELLANTE FRANCHESCO ZORDAN Y EDGAR PEÑA; QUERELLADO LUIS RODRIGUEZ
Resumen:
Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE LA QUERELLA PROPUESTA POR EL CIUDADANO EDGARD ANTONIO PEÑA PACHECO, en contra del ciudadano LUIS ARTURO RODRIGUEZ VILLAFAÑE,, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE LESIONES CULPOSAS GRAVES, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 415 EN ARMONÍA CON EL ART. 420.2 DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE, PARA EL CUAL DEBE SEGUIRSE EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ARTICULO 300 y SIGUIENTES DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, , ello por reunir dicho escrito acusatorio todos los requisitos exigidos en la Ley, de conformidad con los artículos 294, 295 y 296 eiusdem, en consecuencia, téngasele en lo sucesivo como parte querellante para todos los efectos legales. Y ASI SE DECIDE.
Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Superior del Min.....
Juez/Ponente:
Irlanda Quintero
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control