En orden a las consideraciones que anteceden, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el número 43, inserta e los Libros de Nacimientos llevados por ante la Prefectura Civil actual Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, durante el año 1966, correspondiente al ciudadano JAVIER ALFREDO USUBILLAGA DEL HIERRO, en
el entendido de que tanto en el Libro de Partida de nacimiento llevado he dicho
Registro Civil, como e su duplicado que reposa en el Registro Principal del Estado Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha acta el nombre completo del padre del ciudadano JAVIER ALFREDO USUBILLAGA DEL HIERRO, en la forma siguiente: "ALFREDO NICOLAS USUBILLAGA DEL HIERRO", y no "ALFREDO NICOLAS USUBILLAGA". Queda así rectificada dicha partida de Nacimiento. Se ordena remitir Copias.....