DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación con efecto suspensivo interpuesto por la Abogada Abogada MARISELA DEL VALLE ROJAS ARANGUREN, Fiscal Auxiliar encargada de la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra la decisión dictada en esa misma fecha, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 01 de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acuerda: "no admite la flagrancia por no cumplir los requisitos de 374 del Código Orgánico Procesal Penal. b) No ha lugar la solicitud de aprehensión del adolescente antes mencionado de conformidad co.....