DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: DECLARA PRESCRITA LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con los artículos 300 numeral 3 en concordancia con lo previsto en el artículo 49 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos Warner Efrén Avendaño, William Antonio Patiño Sánchez, Jefry Anthony Lara Valero, Yorbis Daniel Molina Quiñonez, Jhon Anderson Barrios Meza, Jhonatan José Dugarte Peña, Tulio Alberto Abreu, Jorge Francisco Guzmán Villasmil, José Rosendo Terán, por la comisión del delito de Fuga de Detenidos, tipificado en el artículo 258 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la Administración de Justicia. SEGUNDO: En virtud de lo decidido en el numeral anterior con fundamento en artículo 301 del Código Orgá.....