25.06.2037. A las doce del medio día.
Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: A tenor de lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, articulo 471, numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal y llenos los extremos exigidos en los artículos 3,5,6,7,13, y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio acuerda redimir la pena a JUAN DE LA CRUZ SANTIAGO QUIÑONEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 10.900.951, por el trabajo realizado en el centro penitenciario en CINCO (5) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, que aquí redime.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Actu.....