decrete Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la misma en los siguientes términos y observa que la parte actora fundamenta su demanda en este proceso sobre una serie de bienes inmuebles, propiedad de la parte demandada ciudadano: CESAR ELIGIO CONTRERAS RANGEL. Por consiguiente, de conformidad a lo previsto en el artículo 585, en concordancia con el ordinal 3º del artículo 588, ambos del Código de Procedimiento Civil.-