Este Tribunal, visto lo solicitado por el coapoderado de la parte actora, por auto separado se procederá a fijar día y hora para la práctica del presente mandamiento. Es todo. No habiendo más particulares que desarrollar, este Tribunal deja constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales. Igualmente este Tribunal deja constancia que por esta actuación no se cobró ninguna expensa o arancel judicial dada la gratividad de la justicia. El Tribunal a su sede original siendo las cuatro y treinta de la tarde (04:30 p.m). Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TEMPORAL ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA (fdo). EL COAPODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE ABG. LUÍS SILVA (fdo). COAPODERADAS Y ABOGADAS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA ABG. MARVIS ALBORNOZ (fdo). ABG. MARLY ALTUVE (fdo). OCUPANTES DEL INMUEBLE CIUDADANOS YAJAIRA CASTILLO (fdo). MAGDA LOPEZ (fdo). KEDERLY OLIVEROS (fdo). MIRIAM OLIVEROS (fdo). JESÚS YOEL ROJAS MARQUEZ (fdo). JHON JAIRO SIERRA BEC.....