En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del Procedimiento, incoado por el abogado VICTOR MANUEL CAMACHO HOYOLA, en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadanos MARIAGNI ERCIZE RIVAS PUENTES y ROBERT AMANDO RIVAS PUENTES, en fecha veintitrés (23) de octubre de 2023, en los términos contenidos en el mismo y en consecuencia, se ordena archivar el presente expediente, una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-