DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida IVÁN ELVIDIO VIVAS MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-18.577.951; de conformidad con lo previsto en los artículos 49.7 y 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal. Por ende, se declara terminado el presente procedimiento. Así se decide con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 43, 44, 358, 359, 360, 361, 49.7 y 300.3 Código Orgánico Procesal Penal.
Una vez firme la decisión se ordena la remisión del presente Asunto Penal, al Archivo Judicial par.....