DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano EUDOMAR DE JESÚS BARRIOS MENDEZ, venezolano, natural del estado Bolivariano de Mérida, nacido en fecha 18-04-1990, de 26 años de edad, estado civil soltero , titular de la cédula Nº V- 24.584.858, hijo de ocupación u oficio obrero, hijo de Mercedes Barrios y Jesús Alberto Peña domiciliado en: La Esmeralda, calle 3, casa Nº 81-B1, Barinas estado Barinas 0416-4787797 y 0416-2246365; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FIS.....