PRIMERO: SE AMPLÍA EL LAPSO DE RÉGIMEN DE PRUEBA al acusado RAMON ALBERTO CASTRO PEÑA, por la comisión del delito de por la comisión del delito de ESTAFA, previstos y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, en perjuicio de Luis Alberto Márquez Escalona; por el lapso de Un (01) Año, a partir del día 26/01/2024 hasta 26/01/2024; tiempo durante el cual el acusado RAMON ALBERTO CASTRO PEÑA (ya identificado), debe cumplir las siguientes obligaciones: 1.- Residir en el domicilio aportado al Tribunal, en caso de cualquier modificación en su domicilio, participar al tribunal y al Delegado de Prueba; 2.- Prohibición de ingerir bebidas alcohólicas en exceso. 3.-No incurrir en nuevos delitos; 4.- Presentarse por ante la Unidad Técnica N° 02 de Supervisión y Orientación de El Vigía, ubicada en el barrio El Carmen, avenida 17 con calle 2, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, (parte posterior de la Prefectura de la Parroquia Presidente Rómulo Betancourt, antigua sede del Cuerp.....