Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, conforme a los artículos 17 y 21.1 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, modifica previa solicitud presentada por las víctimas y el Jefe de la Subdelegación de la Policía de Ejido, la medida de protección extra proceso decretada por el Juzgado de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a favor de los ciudadanos María Alejandra Zambrano Pérez, Filadelfio Zambrano Rivera y Esperanza Pérez de Zambrano, residenciados en Manzano Alto, sector El Guayacán, casa sin número, Ejido, Estado Mérida, por lo que a partir de la presente fecha la policía deberá suministrar patrullaje y supervisión permanente en dicha residencia a los fines de proteger la integridad física de sus ocupantes.
Notifíquese al Min.....