En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de  Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, efectuado por las partes, en  fecha 18 de febrero de 2.019, en los términos contenidos en el mismo y en consecuencia, se ordena archivar el presente expediente, una vez firme la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia  en PDF para los copiadores de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
DADA,  FIRMADA  Y  SELLADA  EN  LA  SALA  DE  DESPACHO DEL  JUZGADO  SEGUNDO  DE  PRIMERA  INSTANCIA  EN  LO  CIVIL,   MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE  LA  CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL  DEL  ESTADO BOLIVARIANO DE   MÉRIDA. 
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. YAMILET FERNÁNDEZ CARRILLO
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. HEYNI D. MALDONADO G.
YFC/Hdmg/d.....