Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ADMITE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana GABRIELA ALEJANDRA MALDONADO LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-30.192.701, contra La ASOCIACION CIVIL CENTRO VENEZOLANO AMERICANO DE MERIDA (CEVAM), en la persona del Representante Legal y Presidente de la Junta Directiva: Abg. Álvaro José Sandia Briceño, titular de la cedula de identidad N° V-2.459.331, ubicado: en la prolongación de la Avenida 2 Lora, esquina con calle 43, Edificio CEVAM, Municipio Libertador, Mérida estado Bolivariano de Mérida.