DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, formulado por el apoderado judicial de la parte demandante, abogado VÍCTOR MANUEL NUÑEZ, en contra de la sentencia interlocutoria proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 29 de enero de 2008.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 29 de enero de 2008, la cual decretó la nulidad de las actuaciones a partir de la admisión de la Demanda, no condenando a las partes en costas en esa Instancia.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en esta S.....