El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Único: Declara sin lugar la solicitud de ampliación del lapso de presentación personal del ciudadano JESÚS HERNÁN ROMERO PÉREZ ante el Tribunal. Así se decide. Notifíquese al solicitante. Cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. JOSÉ GREGORIO VILORIA OCHOA
LA SECRETARIA:
ABG. GLEDYS JUDITH DÍAZ SÁNCHEZ
En fecha__________se cumplió lo ordenado mediante boleta de notificación n° _____________________, conste. Sria.-