PRIMERO: La parte demandada FONDO DE COMERCIO DENOMINADO "ADELA DISEÑOS" DE ADELA MEJIAS NIETO, representada por la abogada MARTHA EVANGELINA OCHOA DE GONZALEZ, convienen con la parte actora SARA DEL CARMEN DUGARTE DE CASTILLO, y sus representantes procesales abogados YUMIR JOSE RODRIGUEZ y HERMES CASTILLO P; en la demanda incoada por la antemencionado trabajadora, en la prestación de los servicios sobre los cuales versa la reclamación, así como su fecha de inicio y terminación; conviniendo igualmente que la reclamante recibió adelantos de pago atribuibles a sus prestaciones sociales y otros conceptos laborales, por la cantidad de 9.879,90 Bolívares. Sin embargo, ambas acuerdan que la prestación de los servicios se realizó en una jornada de trabajo diferente a la demandada en los autos.
SEGUNTO: En consecuencia y dados los restantes conceptos demandados, ambas partes acuerdan el pago de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) los cuales se harán efectivos el día 30 de marzo 2012, y se .....