DECISIÓN:
ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Se declara con lugar la Solicitud de Prorroga, presentada por la Representante de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, y se acuerda el lapso de quince (15) días, contados a partir del día 29-04-11, para la presentación del Acto Conclusivo en la presente causa, seguida al imputado JOSE DIOMEDES RIVAS OSUNA, por el delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano JOSE ULISE SANTIAGO SANTIAGO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena notificar a la defensa, imputado y a la representante del Ministerio Público, de lo acordado y la remisión de las presentes actuaciones complementarias a la fiscalía, para ser agregadas a la causa principal.....