Se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva proferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Se REVOCÓ en todas y cada una de sus partes la decisión apelada. No se hizo especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.