DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01, Sección de Adolescente, del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara interrumpido el debate en la presente causa y acuerda fijar por auto separado audiencia especial para instar a las partes a la conciliación. Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 49 Constitucional 2, 4, 6, 16, 17, 172, 173, 332, 335, 337 del Código Orgánico Procesal Penal y 588 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños Niñas y Adolescentes. Dada, firmada y refrendada, en el despacho de Juicio N° 01 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del dos mil once (2011).-
LA JUEZ TITULAR EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01
ABOG. ROSANA A. FREITEZ A.