REPONE LA CAUSA al estado de que el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, acuerde fijar día y hora para el inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 473 y siguientes de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, , se anulan todas las actuaciones posteriores al auto de fecha 10 de enero del año 2011, que corre inserto al folio 555 del presente expediente, quedando vigente la presente decisión