PARTE DISPOSITIVA
En orden a lo antes expuesto este Juzgado Segundo de la Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la parte actora en la presente causa, sobre los siguientes bienes inmuebles: 1) Un lote de terreno que mide aproximadamente treinta y tres metros con cincuenta centímetros de frente (33,50 Mts), por diez metros de frente a fondo, con las mejoras por él construidas y sobre él edificadas, consistente en: Una edificación de dos (02) plantas con sótano, 2.- Un inmueble conformado por un lote de terreno que mide UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTINUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (1.555,29 M2), parte de uno de mayor extensión y las mejoras en el construidas consistentes en una casa para habitac.....