Se dictó auto y se negó la concesión de la fórmula alternativa al cumplimiento de la pena correspondiente al destacamento de trabajo a favor del penado Javier Alexander Bravo Bottini, ya que no se cumplen en el presente caso todos los requisitos establecidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 65, 66 y 67 de la Ley de Régimen Penitenciario.