Por Decisión N° 321/08 de esta misma fecha, se ACUERDA UNA PRÓRROGA DE QUINCE (15) DÍAS ADICIONALES PARA QUE EL MINISTERIO PÚBLICO presente el correspondiente acto conclusivo en la presente causa; Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el imputado EDUARDO ENRIQUE CUENCAS TOVILA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.046.788; toda vez que las circunstancias que la motivaron no han variado, en consecuencia líbrese la correspondiente Boleta de Traslado del imputado de autos hasta el Centro Penitenciario de La Región Andina con sede en San Juan de Lagunillas del Estado Mérida. Se acuerda notificar de la presente Decisión a las víctimas por extensión del ciudadano NOLBERTO MÁRQUEZ FERREIRA.-