DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ABSUELVE al acusado JESÚS MANUEL VARGAS, venezolano, de 63 años de edad, de estado civil: soltero, de oficio: agricultor, cédula de identidad Nº 8.074.129, natural de Pregonero Estado Táchira, nacido en fecha 20 de agosto de 1947, hijo de Emilio Vargas y María de los Ángeles Vargas, domiciliado en Río Perdido Arriba, final del camellón, Fundo San Antonio, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida; de la comisión de los delitos de: AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 15 numeral 3, en relación con las circunstancias agravantes previstas en el artículo 65 numeral 3 eiusdem, cometido en .....