En consecuencia, este Juzgado de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; PRIMERO: de conformidad con lo establecido en los artículos 471, numeral 2°, 73.4, 74.1 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda acumular la causa penal Nº LP01-P-2016-003242 a la presente causa penal LJ01-P-2014-000043, ambas seguidas al penado Zulay Coromoto Sulbarán Gutiérrez, Titular de la cédula de identidad N° V-11.467.759. Segundo: Conforme al artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, revoca la fórmula alternativa de la ejecución de la pena otorgada al penado JESUS DANIEL DAVILA LOPEZ, Titular de la cédula de identidad N° V-24.198.461, toda vez que ha quedado demostrado que el mismo no cumplió las condiciones inherentes al beneficio. SEGUNDO: Conforme al artículo 476 del Código Orgánico Procesal Penal, se actualiza el cómputo de la pena impuesta al penado JESUS DANIEL D.....