Declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL Intentada por el Ciudadano: ANGEL ANTONIO CALDERON BALZA, en contra de la ciudadana BLANCA ARAUJO ASCANIO, en su carácter de Directora de la Escuela Técnica ¿Señor de la Buena Esperanza¿, ubicado en San Jacinto, Municipio Libertador del Estado Mérida ( ambas partes plenamente identificadas en las actas Procesales).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la Naturaleza del fallo dictado.
TERCERO: Publíquese y Regístrese, Déjese Copia del Presente fallo por Secretaría.