DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, interpuso la ciudadana: EDGAR LEANDRO ORTEGA RODRIGUEZ, supra identificado, contra la empresa: CAFÉ FLOR DEL VALLE C.A., en la persona de los Ciudadanos: MARIA EUGENIA LEMOINE DE RIVAS E HIDELFONSO RIVAS VILLAROEL. Condenándose al ultimo al pago de la cantidad de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN BOLÍVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 17.881,05) por los conceptos antes señalados. Así se establece.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
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