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DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la abogada Adriana Olimar Altuve Mora, actuando en su condición de co-apoderada judicial de la demandada, en contra del Auto de data tres (03) de noviembre de dos mil catorce (2014), dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Sede Alterna El Vigía, en la causa principal signada con la nomenclatura Nº LP31-L-2014-000052, de conformidad con la norma 76 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 164 eiusdem.
SEGUNDO: Se confirma el Auto recurrido, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Tr.....