PRIMERO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LOS EFECTOS DE LA MEDIDA DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA, decretada en fecha 14 de octubre de 2016 y otorgada a la ciudadana LISBELY CORINA RAMIREZ GUILLEN, mayor de edad, venezolana, soltera, agricultora y criadora, titular de la cédula de identidad Nº V-20.572.176, domiciliada en el sector de Mucujepe, El Vigía, Estado Mérida, asistida por el abogado EURO ALBERTO LOBO LOBO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.624.068, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.012, EN RAZÓN DEL TÉRMINO DEL TIEMPO OTORGADO PARA TALES FINES.
SEGUNDO: No hay CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Notifíquese a la parte solicitante o a sus apoderados judiciales, haciéndosele saber de la publicación de la presente. Líbrese la correspondiente boleta y entréguesele al Alguacil de este Tribunal para que la deje en el domicilio procesal indicado por la parte. Asimismo, .....