En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circuns¬cripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, dicta sen¬tencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho ¬interpuesto en fecha 04 de noviembre de 2024, por los abogados JORGE LUIS ABZUELTA STURLA Y YENY COROMOTO LOBO RIVERA, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JESÚS ANTONIO RODRIGUEZ GUILLEN, parte demandada, contra el auto de fecha 123 de octubre de 2024 (Vto f. 26), mediante el cual el Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, de conformidad con el artículo 295 del código de procedimiento Civil oye la apelación en un solo efecto.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, y con base en las consideraciones expuest.....