Por las razones de hecho y de derecho establecidas, este Juzgado TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NEUDY DE JESUS GONZALEZ RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-26.376.756, debidamente asistido por la abogada MARIA MERCEDES RAMIREZ MENDEZ titular de la cédula de identidad No. V- 15.235.515 inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 120.899 Procuradora Especial de los Trabajadores en el Estado Bolivariano de Mérida en contra de la entidad de trabajo LA REINA DEL CAMPO EN HORTALIZAS, con Registro Fiscal N° 14.245.745-6 inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, bajo el N° 90 Tomo 6-B de fecha c.....