Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario en funciones de Ejecución N° 01, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: REVOCA el régimen abierto acordado el 30 de octubre de 2008, a la penada RAFAELA PARRA QUINTERO, por incumplir las obligaciones impuestas, ordena su reclusión en el Centro Penitenciario de la Región Andina.
SEGUNDO: Actualiza el computo de pena, estableciendo que la penada tiene, tres (3) años, un (1) mes, nueve (9) días, doce (12) horas, de pena cumplida, faltándole un remanente de pena por cumplir de tres (3) años, diez (10) meses, veinte (20) días y doce (12) horas, la cual terminará de cumplir el diecisiete de diciembre de dos mil trece (17-12-2013), a las doce del mediodía (12:00 m). Notifíquese a las partes y Ofíciese a la Dirección del Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Piedad Leonor.
EL JUEZ
ABG. JOSÉ GERARDO PÉREZ RODRIGUEZ
LA.....