Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, conforme a los artículos 250, 251 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, estima prudente mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad, decretada en contra del imputado Yimy José Rivas Pérez, por no haber variado las circunstancias que motivaron al Juzgado de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a decretar tal medida para evitar el peligro procesal de fuga verificado por dicho juzgado. En consecuencia, se declara sin lugar la solicitud presentada por los abogados Jesús Gerardo Quintero Carrero y Fidel Leonardo Monsalve Moreno, en su condición de defensores privados del precitado imputado.
Notifíquese a las partes. Regístrese, publíquese y diarícese. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 4
Abg. Gust.....