Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia del imputado GABRIEL ANTONIO OVIEDO GUTIERREZ, venezolano nacionalizado, de 44 años de edad, natural de Bellunsito Bolívar Colombia, fecha de nacimiento 10-10-1954, titular de la cedula 23.040.362, latonero, soltero, hijo de Bernanrdo Oviedo y de Maria Delmira Gutiérrez, residenciado en el Sector Hugo Rafael Frías, calle Libertador casa s/n, El Vigía Estado Mérida, mas abajo del Comando de la Guardia Nacional por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículos 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Por cuanto se encuentran llenos los extremos del articulo 44 numeral 1° de la Constitución de la Republica Bolivarian.....