PRIMERO: ADMITE la acción de amparo interpuesta por la ciudadana MARLENE MARQUINA ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-11.953.598, contra Sociedad Mercantil Trolebús Mérida, C.A. (TROMERCA), en la persona del ciudadano, MIGUELANGEL ROJAS URIBE, titular de la cédula de identidad Nº 12.349.795, en su condición de Presidente.
SEGUNDO: Se ordena la notificación del presunto agraviante Sociedad Mercantil Trolebús Mérida, C.A. (TROMERCA), en la persona del ciudadano, Miguel Ángel Rojas Uribe, en su condición de Presidente; de la Procuradora General de la República, de conformidad a lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
TERCERO: Se ordena la notificación del ciudadano Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de guardia en materia de amparo constitucional, del inicio del presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos .....