Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, efectuada por los ciudadanos carmen Elena Villa de Hernández, venezolana, mayo de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.356.657 y Atilio Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.275.184 respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha veinticinco (25) de abril del año mil novecientos ochenta y cinco (1985), por ante Registro Civil del Municipio Alberto Adrian.....