Por auto este Tribunal dicto sentencia en la presente causa en los siguientes terminos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto el 26 de enero de 2024 por la ciudadana MARIANA MONTILLA BURGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.243.000, y en representación de mi comunera ADRIANA MONTILLA BURGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.209.257, domiciliada actualmente en los Estados Unidos de Norte América, a quien representa en ese acto de conformidad con lo estipulado en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, asistida en ese acto por el abogado en ejercicio LUIS OMAR GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.900.778, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.987; contra el auto de fecha 24 de enero de 2024 proferida por el Juzgado Accidental de Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Boliva.....