Este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en Tovar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con los artículos 12, 243 y 362 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: Se declara LA CONFESIÓN FICTA de la demandada de autos ciudadana NOHELIA MILDRED RODRÍGUEZ CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 16.316.241, domiciliada en la ciudad de Tovar, Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil. Así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO intentada por la ciudadana ELIZABETH SUÁREZ VERDY venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.714.211 domiciliada en la ciudad de Tovar, Municipio Tovar del estado Bolivariano .....