Por consecuencia, tomando en consideración las circunstancias supra indicadas y por considerarse que la imputada Paola Efigenia Gutiérrez Álvarez, se ausentó indebidamente del lugar asignado para su residencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Con fundamento en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena la captura a nivel nacional de la imputada PAOLA EFIGENIA GUTIERREZ ALVAREZ, , venezolana, titular de la cedula de identidad N° 22.072.086, de 20 años de edad, nacida en El Vigía, fecha de nacimiento 26-07-2001, Bachiller, residenciada en la Urbanización 1ero de Mayo, calle 3, casa N° 3-115, parroquia Rómulo Galleg.....