este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión de nulidad de contrato de venta, celebrado el 07 de diciembre de 2012, ante la Notaría Pública de Caja Seca, anotado bajo el Nº.32, tomo: 35, intentada por el ciudadano: JUAN PARRA, titular de la cédula de identidad Nº.13.456.181, a través de su apoderado Judicial LEANDRO ENRIQUE FERNANDEZ ABREU, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.35.232, contra los ciudadanos: ALBERTO ANTONIO SEGOVIA titular de la cédula de identidad Nº.5.511.793 y MARIA PARRA, titular de la cédula de identidad Nº.15.294.526. Hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante ciudadano: JUAN.....