DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos que anteceden ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, SECCIÓN DE ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: SE CONDENA AL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA. Es por que considera ajustado a derecho imponer como en efecto se impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, REGLAS DE CONDUCTA de continuar estudiando , la cual será cumplida en el INAM, CASA DE FORMACIÓN INTEGRAL AREA DE SENTENCIADOS del Estado Mérida, por cuanto el adolescente se encuentra cumpliendo medida de privación de libertad a la orden del Tribunal de Ejecución y este Tribunal de la Sección Penal de Adolescentes. Dicha sanción se encuentra establecida en el artículo 620 letra "b" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y ejecutada por la Jueza en funciones de Ejecución N.....