Se declaró CON LUGAR la solicitud de interdicción formulada por los demandantes. Se decretó la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano IVÁN LIZARRALDE COYNE, con todas las consecuencias legales que dicha declaratoria implica. Se DEJÓ SIN EFECTO, por extemporáneo, el nombramiento de tutora definitiva del declarado entredicho. Se le advirtió al Tribunal de la causa que, en relación con la designación del tutor definitivo, deberá proceder conforme a lo previsto en los artículos 309 y 399 del Código Civil. Quedó en estos términos CONFIRMADA la sentencia consultada.