Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda Acumular la presente Causa signada bajo el Nº LP11-P-2010-002708, seguida al imputado YENSON JOSÉ CEBALLOS CALDERÓN, a la Causa signada bajo el Nº LP11-P-2010-003093, seguida al acusado YENSON JOSÉ CEBALLOS CALDERÓN, en razón a que en esta última causa se encuentra el delito más grave, en aras de garantizar la celeridad procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia, se acuerda librar las correspondientes Boletas de Notificación a las partes.