PARTE DISPOSITIVA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante: MARIA ARNOLDA URQUIOLA DE HERRERA, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.314.598, quien falleció ab-intestato el día tres (03) de Agosto del año dos mil diez (2.010), al al ciudadano SERAPIO DE JESÚS HERRERA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.870.807, domiciliado en la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del estado Mérida, y civilmente hábil, y el ciudadano YENGHMANN HIMMLER HERRERA URQUIOLA, venezolano, soltero, músico, trabajador independiente, mayor de edad titular de las cedula de identidad Nº V-6.330.104, de .....