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Decisiones del dia 27/05/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 22155 N° Sentencia : 1 Fecha: 27/05/2008
Procedimiento:
Resolucion De Contrato
Partes:
DEMANDANTE: CHAMA MOTORS C.A. DEMANDADA: CARROCERIAS MICHELENA C.A.
Resumen:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintisiete de mayo del dos mil ocho. 198º y 149º Visto el desistimiento de fecha 23 de mayo del 2008, (folio 148), hecho por la abogada YOLANDA M. RINCON SANCHEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante en el presente proceso. El Tribunal homologa el desistimiento del presente procedimiento hecho por la parte actora, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso, y en cuanto al desglose solicitado se ordenara una vez quede firme la presente decisión, así como el archivo del expediente, Y así se decide.- EL JUEZ ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L. LA SECRETARIA ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.
Juez/Ponente:
Juan Carlos Guevara
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente : 21220 N° Sentencia : 1 Fecha: 27/05/2008
Procedimiento:
Tacha De Acta De Matrimonio
Partes:
DEMANDANTE (S): GIUSEPPE SORCE VARAGNOLO. DEMANDADO(S): YEXICA DEL MAR CAMACHO QUINTERO.
Resumen:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa invocada por la abogada en ejercicio MARIA ZENOVIA RAMÍREZ RAMÍREZ, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada ciudadana YEXICA DEL MAR CAMACHO QUINTERO, anteriormente identificadas, contenida en el ordinal 5° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la fianza o caución, en consecuencia de conformidad con el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, el proceso se suspende hasta que el demandante subsane dichos defectos u omisiones como se indica en el artículo 350, y presente fianza o caución por la cantidad del doble de la suma demandada más las costas prudencialmente calculadas por el Tribunal en un treinta por ciento (30%), en el término de cinco días, con la observación que si el demandante no subsana debidamente los defectos u omisión de fianza o caución en el plazo indicado, el proceso se extingue, produciéndose el efecto señalado en el artículo 271 ejusdem. Y ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: PARCIALMENTE.....
Juez/Ponente:
Juan Carlos Guevara
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
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