declara REDIMIDO el lapso de DOS (02) MESES, DIECIENUEVE (19) DIAS, y DOCE (12) HORAS, de la pena total que cumple el penado ELIGIO ANGULO PEREZ.
CUARTO: Al realizar el cómputo actualizado de cumplimiento de la pena, se observa que el penado ELIGIO ANGULO PEREZ, es detenido por primera vez el 28.03.1.994, permaneciendo en las mismas condiciones hasta el 30.04.1.999 (f.316), es decir, por un período de CINCO (05) AÑOS UN (01) MES y DOS (02) DIAS. En una segunda ocasión es detenido el día 28.10.2.005, permaneciendo en iguales condiciones hasta el día 05.12.2.006 (f.433), es decir, por un lapso de UN (01) AÑO, UN (01) MES y OCHO (08) DIAS. En una tercera ocasión es detenido en fecha 20.04.2.007, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha, sumando al día de hoy, (27.05.2.011) en que se elabora el cómputo actualizado, un total de pena cumplida, Sin Redención, de DIEZ (10) AÑOS, TRES (03) MESES, SIETE (07) DIAS.
Así mismo, ha sido objeto de las siguientes re.....