DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana: MARIA HERENIA QUINTERO DE CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.718.094, contra su cónyuge el ciudadano EZEQUIEL CALDERON DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 22.988.336, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil, los criterios doctrinarios y la jurisprudencia concerniente al incumplimiento injustificado de los deberes que conforme a la ley le impone el matrimonio. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal matrimonial existente entre los cónyuges con.....