este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, considera de oficio, revisar la Medida de Cautelar de Presentación del imputado en mención, de conformidad con el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual fue impuesta por este mismo Juzgado en fecha 20-06-2002, y en consecuencia se ACUERDA ampliarla, a presentaciones periódicas por ante la Sede de este Tribunal, cada quince (15) días. Asimismo se le informa a HEINEY MARTINEZ GUERRERO, el contenido del articulo 262 eiusdem, correspondiente a la revocatoria por incumpliendo de la Medida Cautelar aquí ampliada, e igualmente, que conforme al artículo 260 ibídem, se obligará mediante Acta firmada llevada a efecto en la presente Audiencia, a cumplir con la Medida de presentación periódica ante señalada, y a no ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal.
Así pues, de conformidad con el artículo 177 de .....