PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación formulado por la apoderada judicial de la parte demandante ¿ recurrente Abg. AURA ALICIA MEJIAS VIELMA, contra de la decisión proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Medicación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 26 de mayo de 2011.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Medicación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 26 de Mayo de 2011, donde declaró Inadmisible la Demanda intentada de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, interpuso la ciudadana MARIA CONTRERAS ORELLANA , en contra de la Sociedad Mercantil PROMOCIONES 181818 C.A., con los motivos expuesto en el presente fallo.
TERCERO: No se condena en costas a la parte demandante.....